Las comunidades de vecinos son las encargadas de desarrollar una serie de normativas para todas las personas que conviven en un mismo espacio. En el caso de las urbanizaciones existen ciertas diferencias que se aplicarán en función al mantenimiento y uso de los espacios comunes, de esta manera se podrán asignar roles, así como garantizar las mejores condiciones de convivencia.
Las comunidades de vecinos en urbanizaciones se pueden definir como una variante de la comunidad de vecinos, que en este caso no se encuentra en un mismo edificio, sino que, son un conjunto de viviendas que coinciden en el espacio específico de una determinada urbanización. La principal razón para que una comunidad de vecinos en urbanizaciones funcione es que existan espacios en común que sean de interés para todos los habitantes.
Por lo general, las comunidades de vecinos en urbanizaciones son el resultado de la agrupación de fincas con viviendas unifamiliares adosadas, que si bien son independientes, estarán constituidas por elementos que las unen y por ende, convierten su funcionamiento en una competencia de todas las personas que hacen vida en estos espacios. Cuando esto sucede, será necesario seguir la estructura ya conocida de las comunidades de vecinos convencionales.
Cuando se busca estructurar una comunidad de vecinos en urbanizaciones, se deben detectar los intereses y puntos de encuentro de todas las viviendas y de acuerdo a los requerimientos y disponibilidad de cada persona involucrada, se procederá a unificar los roles de la comunidad de vecinos como tal, basándose en el régimen de la propiedad horizontal como guía jurídica para la constitución de los representantes de la comunidad.
Cuando se determina la necesidad de crear una comunidad de vecinos en urbanizaciones, el primer paso es reunir a los representantes de estas viviendas unifamiliares, para dar paso a la comunidad de propietarios que estará regulada por la Ley de División Horizontal. En el caso de las parcelas no edificadas que compartan el mismo espacio en común, también serán incluidas en esta sociedad, independientemente de no tener la misma estructura física.
Es de suma importancia establecer que el origen de la comunidad de vecinos en urbanizaciones debe estar basado en la existencia de elementos comunes, teniendo esto como punto de partida para la estructuración de la sociedad, el siguiente paso será establecer los objetivos de la misma, que en este caso estarán basados en determinar si estos elementos comunes tienen algún tipo de requerimiento en especial que se deba administrar.
Las comunidades de vecinos en urbanizaciones serán las encargadas de todo lo referente al mantenimiento de los elementos comunes, así como sus reformas de llegar a necesitarlas. Es muy importante establecer que será la comunidad la encargada de regular las normas de buen uso, así como las obligaciones de cada miembro, las cuales deberán ejecutar en periodos de tiempo sometidos a consenso.
Es necesario determinar que la comunidad de vecinos en urbanizaciones tiene la misma estructura de una comunidad de vecinos en edificios, quedando representados por Presidente, Vicepresidente, Secretario, Administrados, Junta de Propietarios y el resto de miembros. De igual forma, se establece que se deberán celebrar Juntas de Propietarios que permitan tomar las decisiones definitivas, bien sean juntas ordinarias o extraordinarias, en casos puntuales.
Sin embargo, la diferencia más notoria de este tipo de comunidades es que los espacios comunes son de mayores proporciones y no necesariamente están unificados físicamente como sucede con los edificios. Los viales, paseos, zonas verdes, fluviales y tuberías compartidas, serán considerados como elementos comunes, así como los espacios mucho más grandes como locales sociales, zonas de ocio e instalaciones deportivas con sus equipos.