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Publicado por Sergio el 13 de mayo de 2022
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Te hablamos sobre las consecuencias de la morosidad en la comunidad de vecinos, cómo actuar ante ella y cuándo hacer un reclamo judicial.

Te hablamos sobre las consecuencias de la morosidad en la comunidad de vecinos, cómo actuar ante ella y cuándo hacer un reclamo judicial.

Incluso aplicando los protocolos necesarios y manteniendo una comunicación abierta, existen ocasiones en las que la morosidad en la comunidad de vecinos no puede evitarse. Las personas morosas siempre van a existir, incluso cuando se trata de prevenir las deudas de la mejor manera. Es por ello que aparte de preparar métodos de prevención, también es necesario saber cómo actuar en caso de que un vecino se niegue a cumplir con sus responsabilidades financieras.

Lo cierto es que es una situación bastante complicada y desagradable, pero enfrentar de manera correcta la morosidad en la comunidad de vecinos también contribuye a que esta situación no continúe ocurriendo con otros individuos y se cree una cultura de responsabilidad con los pagos. Si te encuentras en medio de una situación como esta, te damos algunos consejos sobre qué puedes hacer para afrontarla y solucionarla.

Los efectos de la morosidad en la comunidad de vecinos

La morosidad en la comunidad de vecinos es un problema que no debe pasarse por alto ni ignorarse por mucho tiempo, puesto que esta puede tener varios efectos en cadena. Las principales consecuencias las sufre el vecino responsable por la morosidad. Una de ellas que este, aunque podrá asistir a las juntas generales, no tendrá ningún derecho para votar en las decisiones o impugnar los acuerdos ante el juez.

Además, este podría sufrir por rechazo de la comunidad, quienes podrían decidir llevarlo a tribunales bajo reclamo por impagos. Por no mencionar que su morosidad podría afectar el desarrollo de diferentes proyectos de mejora en la estructura o de mantenimiento general en la comunidad. Teniendo esto en cuenta, la morosidad en la comunidad de vecinos debe tratarse de la manera más inmediata posible.

Cómo actuar ante la morosidad

Por el bien de la armonía en la comunidad, se recomienda empezar por conseguir el pago de una deuda a través de medios extrajudiciales. Es decir, hacer lo posible por recordarle al vecino sobre las deudas que debe pagar, contactarle de forma constante y ofrecerle facilidades para hacer el pago. Sin embargo, si el vecino empieza a evitar el cobro o se niega a pagar, la comunidad se podría decidir empezar un procedimiento judicial para aquellos que no pagan las cuotas.

Eso sí, se recomienda primero advertirle al vecino deudor que, si no paga sus deudas, la morosidad en la comunidad de vecinos se enfrentará con un proceso legal. Si esto no cambia nada en su actitud deudora y no buscan ninguna solución, no quedará más que proceder con el juicio legal. Esto es algo que queremos evitar, ya que los procedimientos suelen ser largos y costosos, pero son necesarios cuando ya no quedan más opciones.

Cómo empezar un proceso judicial en caso de morosidad en la comunidad de vecinos

El primer paso para proceder con un proceso judicial en caso de morosidad en la comunidad de vecinos es convocar una junta general. Aquí se tomará una decisión sobre liquidar la deuda y autorizar al presidente para empezar el reclamo judicial. Una vez se llega a un acuerdo, este se debe comunicar con todos los vecinos. Para ello, el secretario de la junta se encarga de emitir una certificación del acuerdo, el cual debe incluir el visto bueno del presidente.

Lo último del proceso es llevar la morosidad en la comunidad de vecinos a juicio. Cabe destacar que la celebración de la junta debe celebrarse; y el reclamo judicial debe estar aprobado por la mayoría de los asistentes antes de poder iniciarse. Puede significar un retraso, pero es lo más justo.

¿Hasta cuándo se puede reclamar una deuda?

Incluso si la morosidad en la comunidad de vecinos lleva varios meses o años, es posible que aún puedas reclamarla. Se debe a que el Código Civil establece un tiempo extendido para los reclamos. Asimismo, las reclamaciones de deudas solo prescriben luego de haber pasado 5 años desde que se pueden exigir.

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