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Publicado por Afinquia el 7 de noviembre de 2019
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Tener vecinos morosos es, sin duda, un escenario desagradable para todos los miembros de la comunidad de vecinos. Sin embargo, la condición de morosidad en España puede ser tratada de diferentes maneras que permiten velar por los intereses de todos, creando mecanismo que generen cierta presión en el deudor, así como medidas concretas que permitan solucionar este conflicto con la mayor brevedad posible.

La morosidad en la comunidad de vecinos suele suceder por varios factores, las circunstancias suelen ser más difíciles cuando se trata de una comunidad de vecinos pequeña, ya que los costos suelen elevarse en comparación con comunidades con más integrantes. Otro caso común de morosidad corresponde a propietarios de viviendas que terminan siendo en realidad entidades financieras que han conseguido el derecho de propiedad sobre el inmueble.

Cuando la morosidad es una consecuencia de una deuda previa, es común que sean las entidades financieras las que deban hacerse cargo de estos pendientes, sin embargo, no siempre están conscientes del tipo de propietarios de la vivienda. Los pagos siempre recaen de manera directa en el propietario, mas no en el arrendatario o cesionario, sin tener mayor validez los contratos entre propietario y arrendatario.

La morosidad en las leyes de España

La Ley de Propiedad Horizontal, es la principal ley española que habla sobre la morosidad, sobre todo en casos de venta donde se prevé que el nuevo dueño será el único responsable de cubrir las deudas pendientes con la comunidad de vecinos del inmueble, específicamente las deudas generadas en el año natural de la compra y, de igual forma, deberá hacerlo con los tres años anteriores. Por lo que se recomienda siempre solicitar un certificado de solvencia.

Cuando un propietario está al corriente de los gastos de comunidad, es cuando está apto para vender, por lo que se recomienda siempre informarse antes de invertir. De igual forma se establece que la morosidad puede ser frenada a través de un procedimiento judicial que sirve para reclamar las deudas. Para lograr accionar este mecanismo es importante informarse sobre los pasos a seguir para que pueda tener realmente efectividad.

Pasos a seguir ante morosidad en la comunidad de vecinos

Antes de iniciar un proceso judicial es importante asegurarse de que el deudor pueda cubrir la deuda de manera voluntaria, conocer las condiciones que lo llevaron a la morosidad y agotar todos los recursos antes de hacer el esfuerzo que implica la parte jurídica. Hacer un reclamo formal y contundente sobre la deuda es el primer paso, tal vez así la deuda del vecino moroso pueda ser cubierta antes de tener que aplicar la alternativa tradicional.

Ante la ausencia de una respuesta inmediata, será momento de iniciar la reclamación judicial regulada por el procedimiento monitorio. Esto podrá ser ejecutado a partir de una Junta General que permitirá fijar la liquidación de la deuda otorgando al Presidente de la comunidad de vecinos la autorización para realizar el reclamo ante un juzgado. Se debe levantar un acta donde se deje constancia del episodio de morosidad, así como las acciones que se están tomando.

Los mismos vecinos tendrán potestad ante este desagradable escenario, con la opción de votar, mientras que el vecino moroso tendrá prohibición de este derecho. Con esta votación se podrá establecer que no se podrán impugnar las sanciones que emita el juez. Seguidamente será el secretario de la última junta de la comunidad de vecinos, el encargado de entregar e certificado de liquidación de la deuda.

Es importante destacar que, ante la morosidad en la comunidad de vecinos, los montos podrían inferir en el proceso legal. Según lo que establece la ley, si la deuda es menor a 2.000 euros, se podrá ejecutar una reclamación sin la parte legal ni el procedimiento respectivo. Pero si la deuda es superior a ese monto, si será sumamente necesario el proceso jurídico, para ello es importante consultar si el seguro de la comunidad cubre o no los gastos del procedimiento.

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